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Capítulo IX · VIGILANCIA POSCOMERCIALIZACIÓN, INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y VIGILANCIA DEL MERCADO · Sección 3

Artículo 84

Estructuras de apoyo a los ensayos de IA de la Unión

1. La Comisión designará una o varias estructuras de apoyo a los ensayos de IA de la Unión para realizar las actividades enumeradas en el artículo 21, apartado 6, del Reglamento (UE) 2019/1020 en el ámbito de la IA.

2. Sin perjuicio de las actividades a que se refiere el apartado 1, las estructuras de apoyo a los ensayos de IA de la Unión también proporcionarán asesoramiento técnico o científico independiente a petición del Consejo de IA, la Comisión o de las autoridades de vigilancia del mercado.

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Texto en español del Reglamento (UE) 2024/1689 reproducido de EUR-Lex (© Unión Europea) conforme a la licencia CC BY 4.0. Versión consolidada con las correcciones de errores publicadas; en caso de duda, prevalece el texto oficial de EUR-Lex.